Noticias

Te ponemos al día de nuestras novedades

El sanitario será autoridad pública a partir de julio
El Congreso ratifican las enmiendas al Código Penal introducidas por el Senado en esta materia

El sanitario será autoridad pública a partir de julio

El Congreso de los Diputados aprobó el jueves 26 de marzo el nuevo Código Penal, que incluye la figura del profesional sanitario como autoridad pública y condena las agresiones “en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas”.

La votación, que contó con 181 votos a favor, 138 en contra y 2 abstenciones, ratifica así con mayoría absoluta las enmiendas introducidas por el Senado, estableciendo que las agresiones podrán ser condenadas con entre uno y cuatro años de prisión. Además, añade un párrafo al artículo 550 en el que se fija que “en todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas”. El texto definitivo será publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor el próximo 1 de julio.

La aprobación del profesional sanitario como autoridad pública en el Código Penal coincide con el visto bueno otorgado por los consejeros de sanidad autonómicos en el Consejo Interterritorial del Servicio Nacional de Salud (SNS), donde este tema estaba incluido en el orden del día.

Se endurecen las penas por falsificación de medicamentos

El nuevo Código Penal ha incorporado también una enmienda al artículo 362, mediante la cual se elevan hasta cuatro años las penas por falsificación de medicamentos, adecuando así el tipo penal al Convenio del Consejo de Europa sobre el tema; la anterior redacción del texto fijaba el máximo en tres.

Las falsificaciones penadas incluyen medicamentos de uso humano, veterinario, fármacos en investigación y productos sanitarios, así como aquellos accesorios, elementos o materiales que sean esenciales para su integridad.

La enmienda introducida también señala que bastará con presentar “engañosamente” el envase y etiquetado, la fecha de caducidad, el nombre o composición de cualquiera de sus componentes o, en su caso, la dosificación de los mismos, así como datos sobre su origen o fabricante.

Información adicional:

 

Compartir: